Carta de cobranza extrajudicial: cuál formato usar y en qué momento
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Una carta de cobranza extrajudicial es el escrito con el que le reclamas una deuda a alguien sin meter a un juez. En la práctica son dos documentos distintos y se usan en orden: la carta de cobro, que es el primer escrito formal después de que los mensajes no funcionaron, y el requerimiento de pago, que es el último escrito antes de pasar el asunto a un abogado. Los dos están abajo en Word. Lo que decide cuál te toca hoy es cuántos avisos ya mandaste y si el deudor contestó.
Extrajudicial quiere decir eso y nada más: fuera del juzgado. No es una demanda, no la firma un juez y no inicia un juicio. Por eso ninguno de los dos escritos puede aparentar ser una notificación judicial, y por eso los dos sirven aunque nunca llegues a los tribunales. La mayoría de las cuentas se cierran en esta etapa.
Los dos escritos, lado a lado
La diferencia no es el tono. Es qué le pides al deudor y qué le anuncias que sigue. La carta de cobro pide el pago y ofrece una salida. El requerimiento de pago fija una fecha límite y dice qué pasa después de esa fecha.
| Carta de cobro | Requerimiento de pago | |
|---|---|---|
| Cuándo se manda | Cuando los recordatorios se acabaron sin respuesta | Cuando la carta de cobro tampoco tuvo respuesta |
| Qué pide | El pago, o una fecha para pagar | El pago dentro de un plazo escrito |
| Qué ofrece | Un convenio de pago en parcialidades | El plazo, y nada más |
| Qué anuncia | Nada todavía | Que el asunto pasa a lo legal si vence el plazo |
| Quién la firma | Quien cobra | Quien cobra, o su abogado |
| Cómo se entrega | Correo, WhatsApp o en mano | En mano con acuse, o por correo certificado |
Por qué importa el orden
Si mandas el requerimiento de pago como primer escrito, quemas la única carta que te quedaba. Un deudor que recibe de golpe un plazo y una advertencia deja de contestar o contesta con un abogado, y en los dos casos pierdes la vía barata. La carta de cobro existe para que el deudor que sí quiere pagar tenga por dónde.
Al revés también cuesta. Mandar tres cartas de cobro seguidas, cada una más insistente, le enseña al deudor que no pasa nada si no contesta. Un escrito que no cambia nada deja de leerse.
Qué lleva una carta de cobranza extrajudicial
Seis datos, y ninguno es opcional. Un escrito al que le falta uno se contesta con una pregunta en vez de con un pago.
- Quién cobra: nombre o razón social, domicilio y un teléfono que contesten.
- A quién se le cobra: nombre completo y domicilio.
- De dónde viene la deuda: el contrato, la factura, la nota o el pagaré, con su número y su fecha.
- Cuánto es: el monto, el concepto y desde cuándo está vencido.
- Cómo se paga: la cuenta, la referencia y a quién se le manda el comprobante.
- Hasta cuándo: una fecha concreta, no «a la brevedad».
El quinto es el que más falta. Una carta que reclama y no dice a qué cuenta depositar obliga al deudor a escribir para preguntar, y ese correo nunca se manda. De dónde salen el monto y la antigüedad de cada cuenta, cuando el control vive en una hoja, está en plantilla de cobranza en Excel.
Qué no puede decir
Aquí está el riesgo real del escrito, y es la razón por la que «carta de cobranza agresiva» es de lo que más se busca y de lo que más se reclama. Un escrito que amenaza de más no cobra más rápido: se convierte en la prueba del deudor.
- No puede aparentar ser una notificación judicial, ni usar sellos, escudos o formatos de juzgado.
- No puede mandarse a terceros ajenos a la deuda: vecinos, familiares, jefes o compañeros de trabajo.
- No puede exhibir la deuda en público, ni en la puerta, ni en un grupo de WhatsApp.
- No puede amenazar con consecuencias que no existen, como la cárcel por un adeudo civil.
- No puede inventar recargos que no estén en el contrato.
Lo que la ley mexicana sí prohíbe, con su norma y su artículo, está en prácticas prohibidas de cobranza en México. Los horarios permitidos para llamar o escribir están en a qué hora mandar un recordatorio de pago. Esto no es asesoría legal y cada caso se consulta con abogado.
Qué escrito te toca hoy
Tres preguntas y queda decidido. ¿Le mandaste al menos tres avisos por WhatsApp o correo y no contestó? Entonces va la carta de cobro. ¿Ya mandaste la carta de cobro y pasaron quince días sin respuesta? Entonces va el requerimiento de pago. ¿Contestó y dijo que no puede pagar todo de una vez? Entonces no va ninguno de los dos: va un convenio de pago.
El tercer caso es el más común y el peor atendido. Un deudor que contesta está cobrable. Lo que hace falta ahí es un calendario escrito, y eso está en convenio de pago: cuándo conviene.
Si la deuda es una factura
Cambia poco. El escrito es el mismo, pero el origen de la deuda se cita con el número de factura y su fecha de vencimiento, y conviene mandarlo a quien autoriza pagos y no a quien recibió el servicio. Cuáles facturas cobrar primero cuando hay varias está en facturas vencidas: cuáles cobrar primero.
Qué pasa antes del primer escrito
Casi todas las deudas que llegan a una carta de cobranza extrajudicial pasaron primero por semanas de silencio. No porque el deudor decidiera no pagar, sino porque nadie le avisó a tiempo y después nadie insistió con orden. La carta es cara en tiempo y en relación: se escribe, se imprime, se entrega y se guarda el acuse.
Makatea manda cada aviso en su fecha por WhatsApp y correo, registra el pago y se detiene cuando lo registras. Eso es lo que reduce cuántas cuentas llegan al escrito, porque la mayoría se resuelve en el aviso que llega antes de la fecha. Cuando una cuenta sí llega al escrito, el escrito lo firmas tú: Makatea no mueve el dinero, no resguarda fondos y no es despacho de cobranza. El precio está publicado en precios, desde 119 dólares al mes, con 14 días gratis sin tarjeta.
Los dos formatos que menciona esta página se bajan en Word, con el texto completo y lo que va entre corchetes: la carta de cobro y el requerimiento de pago.
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Preguntas frecuentes
¿La carta de cobranza extrajudicial tiene valor legal?
Sí, como constancia de que reclamaste la deuda en una fecha. No inicia un juicio ni obliga a nadie a pagar por sí sola, pero el acuse de recibido es lo que después demuestra que hubo gestión antes de lo legal. Esto no es asesoría legal.
¿Cuántas cartas de cobranza se mandan antes de lo legal?
Dos escritos bastan: la carta de cobro y, si no hay respuesta, el requerimiento de pago. Más de dos pierden efecto, porque cada escrito que no cambia nada le enseña al deudor que puede seguir sin contestar.
¿Se puede mandar por WhatsApp o tiene que ser en papel?
La carta de cobro se puede mandar por correo o por WhatsApp sin problema. El requerimiento de pago conviene entregarlo en mano con acuse o por correo certificado, porque lo que vale de ese escrito es la constancia de la fecha.
¿Qué diferencia hay con una carta de cobro prejurídico?
Es el mismo escrito con otro nombre, más usado en Colombia. Prejurídico y extrajudicial describen la misma etapa: el cobro que se hace antes de acudir a un juez.
¿Puedo cobrar intereses moratorios en la carta?
Sólo si quedaron pactados en el contrato, el pagaré o la factura, y con la tasa que ahí diga. Un recargo que aparece por primera vez en la carta es lo primero que el deudor reclama, y el reclamo detiene el pago completo.
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